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lunes, 11 de marzo de 2013

CÓDIGO PENAL (Artículo de crítica)


Contra la crisis, más cárcel

La “prisión permantente revisable” no es más que un eufemismo de cadena perpetua.

El artículo es una crítica bastante bien fundamentada al anteproyecto que ha aprobado el PP para reformar el Código Penal. Si se terminase de aprobar sería la reforma número 18 del PP.
Clara prueba del descontento del partido popular con el código penal vigente de 1995, pues ellos siempre han querido un endurecimiento de las penas y que fuese mucho más restrictivo en cuanto a derechos.
Una crítica que hace es a la propuesta del PP de la llamada "prisión preventiva revisable" Que no es más que una forma bonita de llamar a la "cadena perpetua". La llaman así para que no suene tan radical y para que entre dentro del marco constitucional. 
En España, nuestro sistema punitivo se rige por una serie de principios. Uno de ellos se recoge en el artículo 25 de la Constitución, mediante el cual, las penas que se imponen al condenado SIEMPRE deben estar orientadas a la reinserción social del condenado.
Se quiere castigar a la persona por lo que HACE, no por lo que ES y siempre de manera que se brinde digamos otra oportunidad futura para ese preso, para que vuelva a integrarse en la sociedad una vez cumpla la pena. Por ello en España no existe ni la pena de muerte ni la cadena perpetua porque esta segunda no entraría dentro del artículo 25 pues al estar toda la vida condenado en la cárcel no hay reinserción posible.

Lo que propone el PP es simple y llanamente esto, pero al llamarlo "prisión preventiva REVISABLE" es una pena indefinida, es decir, te condenan a 15 años, pero siempre podrán prorrogarla hasta que quieran. Es una cadena perpetua pero utilizando un eufemismo para que no contradiga al artículo 25 de la CE.
Otra crítica que hacen los autores, es que de aprobarse esta reforma, no cumpliría con otro de los principios de nuestro sistema punitivo, que es el de que TODOS LOS CONDENADOS DEBEN SABER EXPRESAMENTE CUÁL ES SU PENA Y CUÁNTOS AÑOS HA DE CUMPLIRLA. Con esta "prisión preventiva revisable", nunca vas a saber con exactitud cuántos años te condenan, pues, pongamos un ejemplo, te condenan a 25 años COMO MÍNIMO, y una vez cumplidos, pueden revisar la sentencia y condenarte más años. Imagina a una persona que entra en prisión con 45 años, saldría como mínimo con unos 70 años (más incluso), ¿qué reinserción social va a poder llevar esa persona? Ninguna.
Y otra crítica es que este anteproyecto responde al clamor popular y tiene un fondo ideológico muy marcado por la derecha, que es que se endurezca mucho más el código penal (como si eso fuese a hacer que hubiera menos delincuentes, pero bueno, esto ya son opiniones mías). 
Este anteproyecto lo ha elaborado el PP con un claro objetivo, tener contentos a los medios públicos y a sus votantes para ganar las próximas elecciones.
Los autores del artículo al igual que yo,están totalmente en desacuerdo y creo que en este resumen he ido explicando poco a poco las causas de ello.

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